La ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, establece que las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores están obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por ciento sean trabajadores con discapacidad.
Por otra parte, el RD 27/2000 de 14 de enero de medidas alternativas, establece, entre las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar en orden al cumplimiento de la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad, la siguiente: Realización de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo, o de cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.
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